Mostrando las entradas con la etiqueta Decretos 1934. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Decretos 1934. Mostrar todas las entradas


Decreto № 1136
Del 19 de diciembre del año 1934



Emisión de sobres sellados y habilitación de sellos para el servicio de intercambio de cartas con valores declarados.

(G.O. № 4748 del 22 de Diciembre de 1934)


GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.
BENEFACTOR DE LA PATRIA.

________________


NÚMERO 1136

En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado;

VISTA la ley que autoriza a establecer el servicio de intercambio de cartas con valores declarados (número 776, del 13 de Noviembre de 1934),

VISTOS los artículos 84 y 85 de la Ley de Rentas Internas;

VISTOS los artículos 4, 38 y 40 del reglamento para el mismo servicio, (número 1098, del 15 de Noviembre modificado por decreto número 1131, del 4 de Diciembre del presente año);

VISTO el decreto número 374, del 29 de Febrero de 1932;

CONSIDERANDO que de la emisión de sellos conmemorativos del primer centenario del natalicio de Monseñor Fernando Arturo de Meriño, la cual fue puesta en circulación el día 15 de Febrero del año 1933, queda una cantidad mayor que la necesaria para el consumo hasta el día 15 de Febrero de 1935, fecha en que quedarán sin valor postal y fuera de uso en el servicio,


D E C R E T O :

Artículo 1.- Para los fines del artículo 4 del reglamento para el intercambio de cartas con valores declarados, se autoriza la emisión de diecinueve mil sellos de trece centavos, con el diseño y en el tamaño y color que indique el Secretario de Estado de Hacienda, previo acuerdo con el Secretario de Estado de Trabajo y Comunicaciones, impresos en sobres cuya leyenda será indicada por este último.

Artículo 2.- Para los fines del artículo 38 del mismo reglamento, se autoriza la habilitación de las cantidades siguientes de los sellos conmemorativos del primer centenario del natalicio de Monseñor Fernando Arturo de Meriño, con la inscripción "Prima valores declarados. Servicio interior".

150,000 del tipo de  7  centavos habilitados para  8  centavos,
115,000   "     "     "  10        "               "            "    15       "
  20,000   "     "     "   8         "               "            "    30       "
  20,000   "     "     "  20        "               "            "    45       "
  15,000   "     "     "  50        "               "            "    70       "


DADO en la Ciudad de Santiago de los Caballeros, residencia temporal del Poder Ejecutivo, el día diecinueve del mes de Diciembre del año mil novecientos treinta y cuatro.


RAFAEL L. TRUJILLO.

________________


✱ Reproducido según el decreto original.




Decreto № 1030
Del 1 de agosto del año 1934



Emisión de especies timbradas.

(G.O. № 4708 del 11 de agosto de 1934)


GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.
BENEFACTOR DE LA PATRIA

________________


NÚMERO 1030

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado, y los artículos 82, 83 y 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Queda autorizada la emisión de las especies timbradas siguientes:


     Setecientos cincuenta mil (750,000) sellos de correos del tipo de 3 centavos, diseño Puente
       "Generalísimo Trujillo".

     Quinientos mil (500,000) sellos de correos del tipo de 1 centavo, diseño Puente "Generalísimo Trujillo".


     Doscientos cincuenta mil (250,000) sellos de correos del tipo de ½ centavo, diseño Puente "Generalísimo
        Trujillo".

     Cincuenta mil (50,000) sellos para documentos del tipo de 25 centavos.


     Veinte mil (200,000) sellos para documentos del tipo de $1.00.



DADO en el Palacio del Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, capital de la República Dominicana, el día primero del mes de agosto del año mil novecientos treinta y cuatro. 


RAFAEL L. TRUJILLO
Presidente de la República.



REFRENDADO:


Lic. Porfirio Herrera                                          Rafael Brache
Secretario de Estado de la Presidencia.            Secretario de Estado de Hacienda.


Víctor Garrido
Secretario de Estado de Trabajo y Comunicaciones.


________________


 Reproducido según el decreto original.




Decreto № 901
Del 18 de enero del año 1934



Autorización para la emisión de especies timbradas.

(G.O. № 4655 del 21 de febrero de 1934)


GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.
BENEFACTOR DE LA PATRIA.

________________


NÚMERO 901

En uso de las atribuciones que me confieren el artículo 49 de la Constitución del Estado, y los artículos 82,83 y 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1º.- Queda autorizada la emisión de las especies timbradas siguientes:


     Quince millones (15,000,000) cintas para cajetillas de veinte cigarrillos.

     Doce millones (12,000,000) cintas para cajetillas de diez cigarrillos.

     Veinte millones (20,000,000) estampillas de ¹⁄₈ centavo para fósforos.

     Ciento cincuenta mil (150,000) cintas para cajetillas de veinte cigarrillos, extranjeros.

     Ciento cincuenta mil (150,000) cintas para cajetillas de diez cigarrillos, extranjeros.

     Ciento mil (100,000) sellos para documentos, de cincuenta centavos.

     Diez mil (10,000) sellos consulares rentados, azul y blanco, de un peso.

     Cien mil (100,000) sellos de correo del tipo de medio centavo.

     Trescientos mil (300,000) sellos de correo del tipo de un centavo.

     Setecientos cincuenta mil (750,000) sellos de correo del tipo de tres centavos.

     Setenticinco mil (75,000) sellos de Telégrafos y Radios, de cinco centavos.

     Setenticinco mil (75,000) sellos de Telégrafos y Radios, de diez centavos.



ARTÍCULO 2º.-  Estas especies timbradas serán emitidas de acuerdo con los diseños que apruebe el Secretario de Estado de Hacienda, a quien queda encomendada la ejecución de este decreto.


DADO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Residencia Temporal del Poder Ejecutivo, a los diez y ocho (18) días del mes de enero del año mil novecientos treinta y cuatro.


RAFAEL L. TRUJILLO
Presidente de la República.



REFRENDADO:

Jacinto B. Peynado                                            Rafael Brache
Secretario de Estado de la Presidencia.            Secretario de Estado de Hacienda.


Osvaldo Bazil
Secretario de Estado de Trabajo y Comunicaciones.


________________


✱ Reproducido según el decreto original.