Decreto № 3477
Del 12 de julio del año 1978



Decreto № 3477 que autoriza una emisión de sellos postales.

(G.O.  9481)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3477

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:

     500,000 (quinientos mil) sellos del valor de dos centavos, a colores.

     500,000 (quinientos mil) sellos del valor de seis centavos, a colores.


     500,000 (quinientos mil) sellos del valor de siete centavos, a colores.


     300,000 (trescientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.



ARTÍCULO 2.- Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular en tamaño de 40 milímetros de largo por 30 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la figura de un boxeador; a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; en la parte inferior y a tres renglones se leerá "XIII Juegos Centroamericanos y del Caribe, Medellín '78"; hacia el lado superior izquierdo tendrán el valor facial expresado así: "2¢"; debajo en sentido horizontal la palabra "CORREOS"; en el ángulo inferior izquierdo aparecerán el símbolo de los XIII Juegos. 

Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular en tamaño de 40 milímetros de largo por 30 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la figura de un levantador de pesas; a todo el largo del lado inferior tendrá la leyenda "República Dominicana"; en el lado superior izquierdo a tres renglones se leerá la inscripción "XIII Juegos Centroamericanos y del Caribe, Medellín '78"; en el lado superior derecho aparecerá el símbolo de los XIII Juegos; en la parte inferior del mismo lado el valor facial expresado así: "6¢"; debajo en sentido horizontal tendrán la palabra "CORREOS".


Los sellos de siete centavos serán de forma rectangular en tamaño de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la figura de un lanzador representado el juego de Baseball; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; en el lado superior derecho en sentido horizontal aparecerá la inscripción "XIII Juegos", continuando en el lado derecho en sentido vertical de arriba hacia abajo "Centroamericanos y del Caribe, Medellín '78"; en el lado superior izquierdo levarán el símbolo de los XIII Juegos; en la parte inferior izquierda el valor facial expresado así: "7¢"; debajo las palabras "CORREO AÉREO".


Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la figura de un jugador de baloncesto en acción; a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; en el lado superior derecho en sentido horizontal se leerá la inscripción "XIII Juegos", continuando en el lado derecho en sentido vertical de arriba hacia abajo "Centroamericanos y del Caribe, Medellín '78"; en el lado inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "10¢", debajo las palabras "CORREO AÉREO"; hacia la esquina superior derecha tendrán el símbolo de los XIII Juegos.



DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y ocho, año 135º de la Independencia y 115º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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 Reproducido según el decreto original.



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