Decreto № 3625 que autoriza una emisión de sellos postales.
(G.O. № 9311 del 24 de agosto de 1973)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3625
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular de 40 x 30 milímetros, con las siguientes características en su diseño; hacia el lado derecho del ángulo superior llevarán la inscripción "50º Aniversario Interpol 1923-1973", en tres renglones; hacia la parte derecha del ángulo inferior, aparecerá una figura humana observando a través de un microscopio, así como la representación de una planta de la que se producen drogas; hacia el ángulo superior derecho, tendrán el emblema de la Interpol con sus inscripciones, en el centro del ángulo izquierdo se leerá la leyenda "República Dominicana" en dos renglones y hacia la parte izquierda del ángulo inferior, el valor facial expresado así: "10¢" e inmediatamente debajo las palabras "CORREO AEREO".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de junio del año mil novecientos setenta y tres, año 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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