Decreto № 1396
Del 3 de septiembre del año 1971



Decreto  1396 que autoriza la impresión de sellos semi-postales.

(G.O.  9242 del 6 de octubre de 1971)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
________________


NÚMERO 1396

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO ÚNICO.-  De conformidad con las disposiciones del artículo 1ro. de la Ley № 3425, del 18 de noviembre de 1952, se autoriza la emisión de un millón (1,000,000) de sellos semipostales del valor de un centavo.

Estos sellos serán de forma rectangular de 35 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, de color verde olivo, con las siguientes características en su diseño: tendrán como motivo principal en su centro el emblema usado por la Liga Dominicana contra el Cáncer; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en la parte superior izquierda mostrarán el valor facial expresado así "1¢" y a todo el ancho del ángulo inferior, la inscripción "Liga Dominicana contra el Cáncer". 

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y uno, año 128º de la Independencia y 109º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


________________


 Reproducido según el decreto original.



No hay comentarios.: