
Decreto Nº 1396 que autoriza la impresión de sellos semi-postales.
(G.O. Nº 9242 del 6 de octubre de 1971)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 1396
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Estos sellos serán de forma rectangular de 35 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, de color verde olivo, con las siguientes características en su diseño: tendrán como motivo principal en su centro el emblema usado por la Liga Dominicana contra el Cáncer; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en la parte superior izquierda mostrarán el valor facial expresado así "1¢" y a todo el ancho del ángulo inferior, la inscripción "Liga Dominicana contra el Cáncer".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y uno, año 128º de la Independencia y 109º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.

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