Decreto № 2176
Del 9 de marzo del año 1968



Decreto  2176 que autoriza una emisión de sellos semipostales.


(G.O.  9087 del 29 de junio de 1968)



JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 2176

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.

VISTA: La Ley № 255, de fecha 1ro. de marzo de 1958.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.-  Se autoriza la emisión de 1,000,000 (Quinientos mil) de sellos semi-postales, de la denominación de un centavo, para contribuir a los propósitos de la Rehabilitación de los Inválidos.

ARTÍCULO 2.-  Este sello será de forma rectangular en tamaño de 26 milímetros de ancho por 31 milímetros de alto, con las siguientes características en su diseño: De color verde; a todo lo ancho de la parte superior llevará la palabra "PROTEGEME". Desde la parte superior derecha, extendido hasta el centro del sello, aparecerá la representación de un brazo humano con la mano abierta, sosteniendo una pequeña figura humana con muletas; la mano se mostrará sostenida por una pequeña franja blanca, partiendo el diseño en dos mitades. Hacia la parte superior izquierda tendrán el valor facial expresado así "1c". Hacia la parte inferior aparecerá la leyenda "República Dominicana". Partiendo del lado izquierdo, a todo lo ancho de la parte inferior y terminando hacia el lado derecho, mostrará la inscripción "Asociación Pro-Rehabilitación de Inválidos, Inc.". Todas las inscripciones serán de color amarillo. 


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 105º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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 Reproducido según el decreto original.


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