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Sellos Multa



 
Septiembre de 1909.                                                                           Diciembre de 1909.

 
         Marzo de 1909.                                                                                Septiembre de 1909.

Detalle filigrana del sello.


Viñeta de la Serie:  El diseño está compuesto de muchos elementos ornamentales, lleva en el centro su valor numérico y en las cuatro esquinas la letra "T".

 Imágenes ilustrativas.




Fecha de Emisión:  1909.

Lugar:  Santo Domingo, República Dominicana.

Uso:  Multa por franqueo insuficiente. 

Impresor:  Deutschen Reichsdrunckerei (Oficina de Impresiones del Gobierno Alemán), en Berlín, Alemania. 

Valores:  centavos, 4 centavos, 6 centavos y 10 centavos.

Impresión:  Tipografía.

Papel:  Con Filigrana (marca de agua) de Cruces y Círculos.

Color:  Gris olivo.

Tamaño:  22.25 x 18.5mm.

Perforación:
  14.

Cantidades:  centavos: 100,000.
                      4 centavos: 100,000.
                      6 centavos: 150,000.
                      10 centavos: 100,000.




Scott:  J5, J6, J7 y J8.

Michell:

Stanley Gibbons (SG):  D6, D7, D8 y D9.

Yvert et Tellier:  TT5, TT6, TT7 y TT8.



Datos sobre la emisión.

En los inicios del servicio postal existía la práctica de enviar la correspondencia particular sin pagar previamente el franqueo, siendo costeado por el destinatario. Como resultado de la misma el fisco perdía fuertes sumas, ya que el destinatario de la correspondencia no podía o se negaba a pagar los costos del franqueo, siendo la misma devuelta al remitente, realizando así un viaje de ida y vuelta sin cobrar nada. Esto motivó el origen del sello postal y el establecimiento del pago previo al envío de la correspondencia.

En nuestra Ley de Correos del año 1865 estaban previstas las circunstancias de que alguna persona enviara una carta sin pagar el franqueo, estableciendo en su artículo No.59: "No será obligatorio para nadie sacar del correo las cartas que tuviere, pero no podrá sacar una sino todas o ninguna. Si la persona a quien vinieren dirigidas, temiere que pueda ser un chasco que quiera dársele en una carta, la abrirá en presencia del administrador; y resultando que no es más que una burla, no pagará el porte; pero después de salir de la administración la carta, no se admitirá reclamo".

La Ley de Correos del 10 de julio del año 1882, establecía el régimen de los "sellos multa", dictando en su artículo No.19: "Las cartas que aparecen en los buzones sin el sello correspondiente, serán despachadas a su destino con el timbre T, cobrándose el doble al entregarlas". Pero para esa época no existieron dichos sellos sino hasta que fueron emitidos en el año 1901.

Los primeros sellos multas utilizados en nuestro país tenían en cada esquina la letra T, símbolo mundialmente aceptado para la correspondencia con franqueo insuficiente, aceptado por la Unión Postal Universal (UPU). El uso de esta letra se origina en la inicial de la palabra francesa "Taxe".

Esta serie fue autorizada mediante una resolución el 4 de julio del año 1908 que ordenaba: sellos de 2, 4, 6 y 10 centavos. El 20 de marzo de 1911 se autoriza una nueva emisión de 50,000 sellos de cada valor; aunque los catálogos solo señalan emisiones hechas en 1909 y 1913, pero no en 1911.


Es totalmente similar en diseño, tamaño, color y perforaciones a la serie emitida en el año 1901, con la diferencia de que fueron impresos en papel con filigrana de cruces y círculos.


Los sellos de 2 y 4 centavos de esta emisión, se ha señalado que son extremadamente difíciles encontrarlos en condición de nuevos.  









Baluarte 27 de Febrero
1909-1912



 
      1912                                                                                                       1909

  
      1909                                                                                                        1912

          
                           1912                                                                        Detalle Filigrana del sello.


Viñeta de la Serie:  Ilustración del Baluarte 27 de Febrero (Puerta del Conde) como era a principios de siglo XX, el cual tenía construidos frente a su fachada un cuartel militar (derecha) y un almacén (izquierda).

Durante esa época no era considerado como un "Monumento", sino que se utilizaba como acceso de un lado a otro de la ciudad. 

Junto a la ilustración lleva inscripción “REPUBLICA DOMINICANA”; arriba la palabra "FRANQUEO OFICIAL", abajo el valor numérico y escrito del sello. A la derecha "16 DE AGOSTO DE 1865", a la izquierda "27 DE FEBRERO 1844".

 Imágenes ilustrativas.




Fecha de Emisión:  1909 y 1912.

Lugar:  Santo Domingo, República Dominicana.

Uso:  Franqueo oficial.

Impresor:  Deutschen Reichsdrunckerei (Oficina de Impresiones del Gobierno Alemán), en Berlín, Alemania.

Valores: 1 centavo, 2 centavos, 5 centavos, 10 centavos y 20 centavos.

Impresión: Talla Dulce.

Tipo de papel:  Con Filigrana (marca de agua) de Cruces y Círculos.

Colores:  Verde azulado y Negro.
                Rojo y Negro.
                Azul oscuro y Negro.
                Verde amarillento y Negro.
                Naranja y Negro.

Tamaño:  28 x 21.5mm.

Perforaciones:  13½ x 13.  /  13½ x 14.

Cantidades:  1 centavo: 500,000.
                      2 centavos: 500,000.
                      5 centavos: 300,000.
                      10 centavos: 150,000.
                      20 centavos: 130,000.




Scott:  O5, O6, O7, O8 y O9. 

Michell:

Stanley Gibbons (SG):  O4A, O5, O6, O7 y O8. 

Yvert et Tellier:  TS5, TS6, TS7, TS8 y TS9.



Datos sobre la emisión.

Hasta mediados del siglo XX, manejar la correspondencia oficial junto a con la ordinaria era complicado para los gobiernos. Como la correspondencia oficial no paga portes o envíos, existían casos de personas inescrupulosas que utilizaban la vía oficial para enviar su correspondencia particular, lo que constituyó en un verdadero problema.

Para tratar de contrarrestar esa práctica se idearon los "sellos oficiales", ya que su uso era más restrictivo y controlado.

La mayoría de los países en el mundo han abandonado el uso se sellos oficiales, limitándose al uso de sobres institucionales que llevan inscripto frases como: "Uso privado penado por la Ley".

En República Dominicana los sellos oficiales fueron establecidos en el Artículo 44 de la Ley de Correos del año 1865, los cuales nunca llegaron a emitirse. En el artículo 42 de la Ley de Correos dictada el 10 de julio de 1882, se establece nuevamente el uso de sellos oficiales, los cuales tampoco se emitieron.

Para 1881 se ordenaron sobres a la Hamilton Bank Note Co. que llevaban estampados el Escudo Nacional encerrado en un círculo y de diferentes tamaños, para su uso en la correspondencia oficial. Sin embargo se reservaron únicamente para el Presidente de la República.

Para comienzos del año 1902 se emitieron los primeros sellos oficiales, durando su uso hasta el 1958.

La Serie Oficial del año 1909 fue ordenada por el 4 de julio de 1908 mediante resolución del Poder Ejecutivo, autorizando los valores de 2, 5, 10 y 20 centavos.

El 6 de noviembre de 1911, otra resolución ordena sellos ordinarios y autoriza la impresión de sellos oficiales con valor de 1 centavo.


Luego el 15 de julio del año 1912, se autorizó la impresión de más cantidades de todos los valores anteriores y sellos letra T (Multas).





Puerta del Conde.