Dec. núm. 513-22 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con la denominación X Censo Nacional de Población y Vivienda.
G. O. Nº 11081 del 16 de septiembre de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 513-22
VISTA: La Ley núm. 2461, del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas.
VISTO: El oficio núm. MH-2022-022917, del 29 de agosto de 2022, dirigido al Presidente de la República por el Ministro de Hacienda.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 1. - Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
a) DENOMINACIÓN: "X Censo Nacional de Población y Vivienda"
○ Valor: RD$60.00 cada uno.
○ Cantidad: 15,000 ejemplares.
ARTÍCULO 2. - Los sellos postales referidos en el artículo precedente, serán impresos bajo el procedimiento offset, multicolor.
ARTÍCULO 3. - Para las indicadas emisiones se utilizará en papel tropicalizado, engomado de 56 gramos, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 4. - El tamaño de cada uno de los sellos postales, a que se refiere el presente decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica.
ARTÍCULO 5. - Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Tesorería Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós (2022), año 179º de la Independencia y 160º de la Restauración.
LUIS ABINADER
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✱ Reproducido según el decreto original.