Decreto № 1031
Del 19 de julio del año 1979



Dec. № 1031 que autoriza una emisión de sellos postales.

(G.O.  9507 del 31 de julio de 1979)


ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 1031

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:

     500,000 (quinientos mil) sellos del valor de dos centavos, a colores.

     500,000 (quinientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.

     300,000 (trescientos mil) sellos del valor de veinticinco centavos, a colores.


ARTÍCULO 2.- Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la figura de un futbolista en acción; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior izquierdo, a tres renglones tendrán la inscripción "III JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES"; hacia el lado inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "2 Ctvs.", debajo la palabra "CORREOS".

Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la figura de un tenista en posición para golpear la bola; en el lado inferior izquierdo a tres, renglones tendrán la inscripción "III JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES"; hacia el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "10 Ctvs."; debajo las palabras "CORREO AÉREO".


Los sellos de veinticinco centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la figura de un nadador en acción; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho, a dos renglones tendrán la inscripción "III JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES"; hacia el lado inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "25 Ctvs.", debajo la palabra "CORREOS".


ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año mil novecientos setenta y nueve, años 136º de la Independencia y 116º de la Restauración.


ANTONIO GUZMÁN


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✱ Reproducido según el decreto original.



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