Dec. № 565 que autoriza una emisión de sellos semi-postales.
(G.O. № 9496 del 31 de enero de 1979)
ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 565
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
VISTA: La Ley № 11, de fecha 23 de noviembre de 1978.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 1.- Se autoriza la emisión de dos millones (2,000,000) de sellos semi-postales de la denominación de dos centavos para contribuir con la reparación y el equipamiento de los laboratorios de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular, en tamaño de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, a colores, mostrando como motivo principal en su centro el símbolo de la Universidad Autónoma de Santo Domingo; a todo el largo del lado superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; hacia el lado inferior izquierdo la cifra "1538" y hacia el lado inferior derecho la cifra "1978"; debajo se leerá la inscripción "440 Aniversario UASD"; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "2 Ctvs.".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de enero del año mil novecientos setenta y nueve, años 135º de la Independencia y 116º de la Restauración.
ANTONIO GUZMÁN
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✱ Reproducido según el decreto original.
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