Decreto № 405
Del 14 de noviembre del año 1978



Decreto № 405 que autoriza una emisión de sellos semi-postales.

(G.O.  9489)


ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 518

VISTA: La Ley № 2461del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas.

VISTA: La Ley № 2552de fecha 19 de noviembre de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de 2,000,000 (dos millones) de sellos semi-postales, de la denominación de un centavo, para contribuir a los propósitos de protección a la infancia. 


ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, con las siguientes características en su diseño: De color verde claro; a todo el largo del lado superior tendrán la inscripción "República Dominicana" y hacia la parte superior un ramo de flores, simbolizando las fiestas navideñas; debajo, a cuatro renglones aparecerá la leyenda "Por el Hombre del Futuro ayuda al Niño de Hoy"; hacia el ángulo superior izquierdo mostrarán el valor facial expresado así: "1 ctv."; debajo llevarán una estrella de la alegría navideña; en la parte inferior se muestra la imagen de una profesora con un libro en la mano y a su derecha una niña, representando la educación. A todo el largo del lado inferior se leerá "Protección a la Infancia".


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y ocho, años 135º de la Independencia y 116º de la Restauración.


ANTONIO GUZMÁN


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✱ Reproducido según el decreto original.



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