Decreto № 273
Del 5 de octubre del año 1978



Decreto № 273 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia.

(G.O.  9485)


ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 273

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461del 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia, en la siguiente cantidad y valor:

     300,000 (trescientos mil) sellos del valor de 33 centavos aéreos, multicolor.


ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 40 milímetros de largo por 30 milímetros de alto; en el lado superior izquierdo mostrarán la Bandera Dominicana; en el lado inferior derecho aparecerá el símbolo de las Naciones Unidas; en el lado superior derecho y a cuatro renglones tendrán la leyenda "1956-1978 - 22 años de apoyo al desarrollo Dominicano"; en el lado inferior izquierdo y a tres renglones se leerá "Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo"; debajo el valor facial expresado así "33¢"; inmediatamente después las palabras "CORREO AÉREO"; a todo el largo del lado superior aparecerá la leyenda "República Dominicana"; a todo el largo del lado inferior tendrán la inscripción "33 Aniversario ONU".


ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y ocho, años 135º de la Independencia y 116º de la Restauración.


ANTONIO GUZMÁN


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✱ Reproducido según el decreto original.



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