Decreto № 3371 que autoriza una emisión de sellos postales.
(G.O. № 9466)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3371
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
○ 500,000 (quinientos mil) sellos del valor de siete centavos, multicolor.
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 40 milímetros de largo por 30 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal en su centro, la reproducción en pintura de la goleta "Duarte" para entrenamiento del personal de la Marina de Guerra; a todo el largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; hacia el ángulo superior derecho tendrán el valor facial expresado así: "7¢"; debajo en sentido vertical de arriba hacia abajo, aparecerán las palabras "CORREO AÉREO"; a todo el largo del lado inferior se leerá a tres renglones, la inscripción: GOLETA "DUARTE" PARA ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS NAVALES DOMINICANAS"; en el ángulo inferior derecho se indicará la cifra "1978".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y ocho, años 135º de la Independencia y 115º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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