Decreto № 4566
Del 22 de mayo del año 1974



Decreto № 4566 que autoriza una emisión de sellos postales.

(G.O.  9336 del 15 de junio de 1974)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 4566

VISTA: La Ley № 2461, sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:

        ○ 500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de dos centavos, a colores.

        ○ 500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de seis centavos, a colores.

        ○ 500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de diez centavos, a colores.


    ARTÍCULO 2.-  Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de ancho, mostrando como motivo principal en su centro una reproducción del Campanario de la Catedral Primada de América; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana", hacia la parte superior del ángulo izquierdo tendrán la inscripción "Semana Santa 1974", en sentido vertical desde abajo hacia arriba y hacia la parte central del mismo ángulo, el valor facial expresado así: "2¢"; hacia la parte superior del ángulo derecho aparecerá la palabra "CORREOS", en sentido vertical desde arriba hacia abajo; y a todo el ancho del ángulo inferior se leerá en dos renglones la inscripción "Campanario de la Catedral Primada de América-1514"

    Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de ancho, mostrando como motivo principal en su centro una reproducción de una imagen de la "Madre Dolorosa; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana", en el ángulo izquierdo tendrán la inscripción "Semana Santa 1974", en sentido vertical desde abajo hacia arriba; en el ángulo derecho, se leerá la palabra "CORREOS", en sentido vertical desde arriba hacia abajo, e inmediatamente debajo, el valor facial expresado así: "6¢" y a todo el ancho del ángulo inferior se leerá las palabras "Madre Dolorosa". 

    Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de ancho por 30 milímetros de alto, mostrando como motivo principal en su centro una reproducción del cuadro llamado "Perpetuidad", de la pintora española Rosa Mesalles Budi; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana", hacia el lado izquierdo  de la parte superior, aparecerá las palabras "CORREO AÉREO" y hacia el lado derecho el valor facial expresado así: "10¢"; y a todo el ancho del ángulo inferior se leerá la inscripción "Semana Santa 1974".

    DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y cuatro, año 131º de la Independencia y 111º de la Restauración.


    JOAQUÍN BALAGUER


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     Reproducido según el decreto original.



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