Decreto № 3814
Del 27 de agosto del año 1973



Decreto № 3814 que autoriza la impresión de sellos semi-postales.

(G.O.  9316 del 24 de octubre de 1973)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3814

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO ÚNICO: De conformidad con las disposiciones del artículo primero de la Ley № 3425, del 18 de noviembre de 1952, se autoriza la emisión de un millón (1,000,000) de sellos semi-postales del valor de un centavo. Estos sellos serán de forma rectangular de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, color oliváceo, con las siguientes características en su diseño: mostrarán como motivo principal en su centro el emblema usado por la Liga Dominicana Contra el Cáncer; a todo el ancho del ángulo superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; en la parte izquierda llevarán el valor facial expresado así: "1¢" y hacia el lado derecho las cifras "1973" en forma vertical desde arriba hacia abajo, y a todo el ancho del ángulo inferior la inscripción "Liga Dominicana contra el Cáncer".



DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y tres, año 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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✱ Reproducido según el decreto original.



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