Decreto № 3305
Del 3 de abril del año 1973



Decreto № 3305 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo.

(G.O.  9299 del 24 de abril de 1973)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
________________


NÚMERO 3305

VISTA: La Ley № 2461, sobre Especies Timbradas del 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.-  Se autoriza una emisión de sellos para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:


         500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de dos centavos, a colores.

         500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de seis centavos, a colores.

         500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de diez centavos, a colores.


    ARTÍCULO 2.- Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular, de 30 x 40 milímetros y mostrarán como motivo principal en su centro, una reproducción de la imagen de "El Nazareno y el Cirineo" que se encuentra en la iglesia Nuestra Señora del Carmen en Santo Domingo; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el ángulo izquierdo, en sentido vertical desde abajo hacia arriba, tendrán la inscripción "Semana Santa 1973" y en el ángulo derecho la palabra "CORREOS" en sentido vertical desde arriba hacia abajo; en la esquina inferior derecha aparecerá el valor facial expresado así: "2¢" y a todo el ancho del ángulo inferior la inscripción "El Nazareno y el Cirineo".

    Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular, de 30 x 40 milímetros, mostrando en su centro como motivo principal una reproducción del campanario de la iglesia Nuestra Señora del Carmen en Santo Domingo; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el ángulo izquierdo, en sentido vertical desde abajo hacia arriba, tendrán la inscripción "Semana Santa 1973" y hacia la parte superior del ángulo derecho, la palabra "CORREOS" en sentido vertical desde arriba hacia abajo e inmediatamente debajo el valor facial expresado así: "6¢"; a todo el ancho de ángulo inferior y en dos renglones, aparecerá la inscripción "Campanario de la Iglesia Nuestra Señora del Carmen".

    Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular, de 30 x 40 milímetros, mostrando como motivo principal una reproducción del Campanario de la Capilla Nuestra Señora de los Remedios en Santo Domingo; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el ángulo izquierdo, en sentido vertical desde abajo hacia arriba, tendrán la inscripción "Semana Santa 1973" y en el ángulo derecho, en sentido vertical desde arriba hacia abajo, las palabras "CORREO AEREO" e inmediatamente debajo el valor facial expresado así: "10¢"; a todo el ancho de ángulo inferior y en dos renglones, aparecerá la inscripción "Campanario Nuestra Señora de los Remedios-1554". 


    DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de abril del año mil novecientos setenta y tres, año 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.


    JOAQUÍN BALAGUER


    ________________


    ✱ Reproducido según el decreto original.



    No hay comentarios.: