Decreto № 985
Del 10 de mayo del año 1971



Decreto № 985 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo.

(G.O.  9225 del 19 de mayo de 1971)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 985

CONSIDERANDO: Que las actividades de carácter puramente humano y de promoción social que viene desarrollando la institución benéfica "CARE" en nuestro país, amerita el reconocimiento oficial.

CONSIDERANDO: Que la ocasión del 25º aniversario de su fundación es propicia para manifestar tal reconocimiento.

VISTA: La Ley  № 2461 sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para franqueo aéreo, en el siguiente valor y cantidad:


     500,000 (Quinientos Mil) sellos del valor de diez centavos, de colores verde y azul.


ARTÍCULO 2.-  Estos sellos serán de forma rectangular de 32 milímetros de ancho por 20 milímetros de alto; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; hacia la esquina superior derecha aparecerán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el ángulo izquierdo mostrarán una marca o línea representando los contornos de la isla de Santo Domingo que comprende el territorio de la República Dominicana, y hacia el ángulo derecho una alegoría representativa de la firma en que se proyecta la ayuda que presta la institución benéfica "CARE" en el mundo. Hacia el lado izquierdo del ángulo inferior, tendrán la inscripción "XXV Aniversario" en dos renglones, y hacia el lado derecho del ángulo inferior el valor facial expresado así: "10¢".


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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✱ Reproducido según el decreto original.



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