Decreto № 655
Del 24 de noviembre del año 1966



Decreto  655 que autoriza una emisión de sellos semipostales de Protección a la Infancia.

(G.O.  9013 del 26 de noviembre de 1966)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 655

VISTAS: las Leyes  sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950 y la  2552, del 19 de diciembre de 1950.

VISTO: el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente


D E C R E T O :

Art. 1.- Para los fines de cumplimiento del artículo 1 de la Ley  2552, del 19 de diciembre de 1950, se autoriza una emisión especial de 500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos semi-postales, de Protección a la Infancia, del tipo de un centavo (RD$ 0.01) de valor facial.

Art. 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 36 milímetros de alto por 26 milímetros de ancho, en color azul claro, con el siguiente diseño: en la parte superior y a todo el ancho llevarán la siguiente inscripción: REPÚBLICA DOMINICANA, en la parte central la figura de Cristo sentado, teniendo sobre sus piernas también sentado un niño que sujeta con su brazo izquierdo y otro niño de pies, frente a él, sobre cuya cabeza descansa la mano derecha; cerrando el cuadro la sentencia bíblica "DEJAD QUE LOS NIÑOS VENGAN A MI", e inmediatamente debajo de ésta la frase PROTECCIÓN A LA INFANCIA; el valor facial del sello se expresará en guarismo en esta forma: 1¢, e irá colocado inmediatamente encima de los extremos de las ya mencionadas palabras bíblicas.


DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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 Reproducido según el decreto original.



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