Decreto Nº 569 que autoriza una emisión de sellos postales conmemorativos del Centenario de la Cruz Roja Dominicana .
(G.O. Nº 8790 del 24 de septiembre de 1963)
JUAN BOSCH
Presidente de la República Dominicana
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NÚMERO 569
CONSIDERANDO: que el día 25 de octubre de este año hará un siglo que el filántropo suizo Henri Durant vio encaminadas sus ideas humanitarias en la institución Universal de la Cruz Roja Internacional, concebida para prevenir o mitigar el dolor humano y hasta prevenirlo.
CONSIDERANDO: que siendo nuestro país de los que, con más rigor han sentido los efectos del dolor y la miseria, no debe sustraerse a la conmemoración de ese significativo acontecimiento.
CONSIDERANDO: que el Centenario de tan magna organización es un acontecimiento que amerita ser plasmado en el simbolismo del sello postal.
VISTA: la Ley № 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales, para el franqueo aéreo de la correspondencia, con motivo del Centenario de la Cruz Roja Internacional, con el siguiente tipo y cantidad:
○ 300,000 (Trescientos mil) sellos de diez centavos para el franqueo aéreo, color gris claro.
○ 300,000 (Trescientos mil) sellos de diez centavos para el franqueo aéreo, color gris claro.
Art. 2.- Los sellos tend rán 40mm. de ancho por 28mm. de alto; en la parte superior a todo el ancho llevarán la leyenda "República Dominicana", inmediatamente más abajo las palabras "Correo Aéreo" y el valor facial, en el centro, sobre la representación del mapa mundial, tendrá una cruz roja entre las cifras 1863 y 1963 y en el lado inferior, a todo lo ancho, la leyenda "Centenario de la Cruz Roja Internacional".
Art. 3.- Estos sellos serán puestos en circulación el día 25 de octubre de 1963.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y tres, años 120º de la Independencia y 101º de la Restauración.
JUAN BOSCH
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✱ Reproducido según el decreto original.
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