Decreto № 714
Del 11 de abril del año 1933



Impresión de sellos de correo y sellos para telégrafos y radios.

(G.O. № 4566 del 19 de abril de 1933)


GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.

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NÚMERO 714

En virtud de las facultades constitucionales de que estoy investido, y visto el Artículo 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la impresión de las siguientes cantidades de Sellos de Correos y sellos para Telégrafo y Radios:


     350,000 sellos de correo del tipo de un centavo.

     50,000 sellos de correo para correspondencia aérea del tipo de diez centavos.

     100,000 sellos para Telégrafos y Radios del tipo de veinticinco centavos.

     50,000 sellos para Telégrafos y Radios del tipo de diez centavos.

     25,000 sellos para Telégrafos y Radios del tipo de cinco centavos.


ARTÍCULO 2º.-  Los diseños, tamaños y colores de estos sellos serán determinados por los Secretarios de Estado de Hacienda, y de Trabajo y Comunicaciones.


DADO en el Palacio del Ejecutivo, en Santo Domingo, Capital de la República, a los once días del mes de abril del año mil novecientos treinta y tres.


RAFAEL L. TRUJILLO
Presidente de la República.


REFRENDADO:


  Jacinto B. Peynado                                        R. Paíno Pichardo
Secretario de Estado de la Presidencia.            Secretario de Estado de Hacienda.


Arturo Logroño
Secretario de Estado de Trabajo y Comunicaciones.


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✱ Reproducido según el decreto original.



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