Decreto № 3296 que autoriza una emisión de 1,000,000 (un millón) de sellos semi-postales, de la denominación de un centavo, para contribuir a los propósitos de la campaña del "Año de la Educación".
(G.O. № 9124 del 8 de febrero de 1969)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3296
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
VISTA: La Ley № 392, de fecha 23 de diciembre de 1968.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 25 milímetros de ancho por 34 milímetros de alto, de color azul, con las siguientes características en su diseño: A todo el ancho de la parte superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; hacia la esquina superior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "1¢"; en el ángulo izquierdo desde abajo hacia arriba, llevarán la inscripción "1969 - Año de la Educación"; en el centro y hacia el ángulo derecho mostrarán una figura arquitectónica representando una escuela, y delante de esa figura, la reproducción de la Bandera Nacional en un asta; en la esquina inferior izquierda, se representará una mano sosteniendo una antorcha encendida proyectando luz, y en la parte inferior se representará varias figuras de niños caminando hacia la escuela.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos sesenta y nueve, años 125º de la Independencia y 106º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el "Listín Diario", de Santo Domingo, en su edición del día 29 de enero de 1969.
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✱ Reproducido según el decreto original.
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