Dec. № 3417 que autoriza una emisión de sellos postales.
(G.O. № 9591 del 29 de julio de 1982)
JACOBO MAJLUTA
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3417
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
○ 300,000 (trescientos mil) sellos del valor de seis centavos, a colores.
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la reproducción de una fotografía de Don Antonio Guzmán Fernández; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; en el lado superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "6¢"; en la parte izquierda en sentido vertical de abajo hacia arriba tendrán la palabra "CORREOS"; en la parte inferior a tres renglones llevarán la inscripción "Antonio Guzmán Fernández - Presidente Constitucional de la República 1978-1982"; en el lado inferior izquierdo "1911" y en el lado inferior derecho "1982".
ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y dos, año 139º de la Independencia y 119º de la Restauración.
JACOBO MAJLUTA
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✱ Reproducido según el decreto original.
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