Decreto № 3416
Del 23 de julio del año 1982



Dec. № 3416 que autoriza una emisión de sellos postales.

(G.O.  9591 del 29 de julio de 1982)


JACOBO MAJLUTA
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3416

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:

     300,000 (trescientos mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de siete centavos, a colores.

     300,000 (trescientos mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de diez centavos, a colores.

     100,000 (cien mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de cuarenta y cinco centavos, a colores.

     50,000 (cincuenta mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de dos pesos, a colores.


ARTÍCULO 2.- Los sellos de siete centavos serán de forma rectangular en tamaño de 33 milímetros de alto por 47 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal una reproducción de la obra "Puerto" del pintor Alejandro Bonilla; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "7¢"; en la parte derecha en sentido vertical de abajo hacia arriba se leerá "Pintores Dominicanos"; en la parte inferior a dos renglones llevarán la inscripción "Puerto - Alejandro Bonilla".

Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 33 milímetros de largo por 47 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal una reproducción de la obra "Retrato de Mujer" del pintor Leopoldo Navarro; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "10¢"; en la parte derecha en sentido vertical de abajo hacia arriba se leerá "Pintores Dominicanos"; en la parte inferior a dos renglones llevarán la inscripción "Retrato de Mujer - Leopoldo Navarro".


Los sellos de cuarenta y cinco centavos serán de forma rectangular en tamaño de 33 milímetros de largo por 47 milímetros de alto; mostrarán una reproducción de un retrato de Amelia Francasci del pintor Luis Desangles; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "45¢"; en la parte derecha en sentido vertical de abajo hacia arriba se leerá "Pintores Dominicanos"; en la parte inferior a dos renglones llevarán la inscripción "Retrato de Amelia Francasci - Luis Desangles".


Los sellos de dos pesos serán de forma rectangular en tamaño de 33 milímetros de largo por 47 milímetros de alto; mostrarán una reproducción de la obra "Retrato" del pintor Abelardo Rodríguez Urdaneta; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "$ 2.00"; en la parte derecha en sentido vertical de abajo hacia arriba se leerá "Pintores Dominicanos"; en la parte inferior a dos renglones llevarán la inscripción "Retrato - Abelardo Rodríguez Urdaneta".



ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y dos, año 139º de la Independencia y 119º de la Restauración.


JACOBO MAJLUTA


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✱ Reproducido según el decreto original.



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