Decreto № 3415
Del 23 de julio del año 1982



Dec. № 3415 que autoriza una emisión de sellos postales.

(G.O.  9591 del 29 de julio de 1982)


JACOBO MAJLUTA
Presidente de la República Dominicana.
________________


NÚMERO 3415

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:

     300,000 (trescientos mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de tres centavos, a colores.

    ○ 200,000 (doscientos mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de diez centavos, a colores.

     100,000 (cien mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de trece centavos, a colores.

     100,000 (cien mil) sellos perforados y
       10,000 (diez mil) imperforados del valor de veinticinco centavos, a colores.


ARTÍCULO 2.- Los sellos de tres centavos serán de forma cuadrada en tamaño de 40 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal una concepción artística representando un lanzador de beisbol en posición de lanzamiento; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán la palabra "CORREOS"; en la parte derecha llevarán el símbolo adoptado para los XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe; debajo a cinco renglones tendrán la inscripción "XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe Cuba '82"; en el lado inferior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "3¢".

Los sellos de diez centavos serán de forma cuadrada en tamaño de 40 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal una concepción artística representando un basquetbolista lanzando un balón al cesto; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; en la parte derecha llevarán el símbolo adoptado para los XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe; debajo a cinco renglones tendrán la inscripción "XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe Cuba '82"; en el lado inferior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "10¢".


Los sellos de trece centavos serán de forma cuadrada en tamaño de 40 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal una concepción artística representando un boxeador en posición de ataque; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "13¢"; en la parte izquierda llevarán el símbolo adoptado para los XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe; debajo a cinco renglones tendrán la inscripción "XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe Cuba '82".


Los sellos de veinticinco centavos serán de forma cuadrada en tamaño de 40 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal una concepción artística representando un gimnasta en argollas; a todo el largo de la parte superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "25¢"; en la parte izquierda llevarán el símbolo adoptado para los XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe; debajo a cinco renglones tendrán la inscripción "XIV Juegos Centroamericanos y del Caribe Cuba '82".



ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y dos, año 139º de la Independencia y 119º de la Restauración.


JACOBO MAJLUTA


________________


✱ Reproducido según el decreto original.



No hay comentarios.: