Decreto № 28, autorizando la impresión de especies timbradas.
(G.O. № 5755 del 27 de Mayo de 1942)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 28.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del República; y
VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas,
D E C R E T O :
ARTICULO 1. - Se autorizada la siguiente emisión de sellos de correos para el uso del servicio oficial con el exterior;
10,000 sellos del tipo de veinte centavos, impresos en color sepia, y con dimensiones de cuarentitrés milímetros por diecisiete milímetros.
ARTICULO 2. - Estos sellos llevarán el mismo diseño que los de la emisión anterior, o sea el proyecto aceptado del Faro de Colón.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y dos, año 99º de la Independencia, 79º de la Restauración y 13º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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✱ Reproducido según el decreto original.