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Decreto № 1219
Del 16 de noviembre del año 1929



DR. JOSÉ D. ALFONSECA
Vice-Presidente de la República en funciones de Presidente.

G.O. № 4159.

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NÚMERO 1219

En ejercicio de mis atribuciones constitucionales y visto el Artículo 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Autorizar la impresión de 150,000 sellos para el servicio de correo aéreo, repartidos así:

     50,000 sellos color anaranjado, tipo de 10 centavos.

     25,000 sellos color rojo, tipo de 15 centavos.

     50,000 sellos color verde, tipo de 20 centavos.

     25,000 sellos color morado, tipo de 30 centavos.


ARTÍCULO 2.-  El Secretario de Estado de Hacienda queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en Santo Domingo, Capital de la República, a los dieciséis días del mes de noviembre del año mil novecientos veintinueve.


DR. JOSÉ D. ALFONSECA
Vice-Presidente de la República en funciones de Presidente.


REFRENDADO:


          Luis Ginebra                                                            M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia.                      Secretario de Estado de Hacienda.



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✱ Reproducido según el decreto original.




Decreto № 1098
Del 23 de marzo del año 1929



HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República Dominicana.

G.O. № 4078.

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NÚMERO 1098

En ejercicio de mis atribuciones constitucionales y visto el Artículo 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar la impresión de cinco millones de sellos de correos con el diseño de la antigua Iglesia de San Ignacio de Loyola, ex-Convento de Jesuistas, ocupado actualmente por el Departamento de Hacienda, en las cantidades siguientes:


     500,000 sellos, tipo de ½ centavo.

     1,500,000 sellos, tipo de 1 centavo.

     2,600,000 sellos, tipo de 2 centavos.

     250,000 sellos, tipo de 5 centavos.

     150,000 sellos, tipo de 10 centavos.


ARTÍCULO SEGUNDO.- El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en San José de las Matas (Residencia accidental), a los veintitrés días del mes de marzo del año mil novecientos veintinueve.


HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República.


REFRENDADO:



           Luis Ginebra                                                                  M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia de la República.        Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.


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✱ Reproducido según el decreto original.




Decreto № 1089
Del 15 de febrero del año 1929



HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República Dominicana.

G.O. № 4060.

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NÚMERO 1089

En ejercicio de mis atribuciones constitucionales y visto el Artículo 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la impresión de cinco millones de sellos de correos conmemorativos de la firma del Tratado de Límites de fecha 21 de enero de 1929, entre la República Dominicana y la de Haití, en las cantidades siguientes:


     500,000 sellos, tipo de ½ centavo.

     1,500,000 sellos, tipo de 1 centavo.

     2,600,000 sellos, tipo de 2 centavos.

     250,000 sellos, tipo de 5 centavos.

     150,000 sellos, tipo de 10 centavos.


ARTÍCULO 2º.-  El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en Santo Domingo, Capital de la República, a los quince días del mes de febrero del año mil novecientos veintinueve.


HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República.


REFRENDADO:



           Luis Ginebra                                                                  M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia de la República.        Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.


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 Reproducido según el decreto original.




Decreto № 1082
Del 17 de enero del año 1929



HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República Dominicana.

G.O. № 4052.

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NÚMERO 1082

En uso de mis atribuciones constitucionales y vistos los Artículos 83 y 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.-  Autorizar la impresión de sellos de correos y de inmigración, como a continuación se indica:


Sellos de Correos: 

     500,000 sellos, tipo de 1 centavo, color verde.

     1,000,000 sellos, tipo de 2 centavos, color rojo.

     50,000 sellos, tipo de 10 centavos, color azul claro.


Sellos de Inmigración:

     50,000 sellos, tipo de $ 3.00.


ARTÍCULO 2.-  El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en Santo Domingo, Capital de la República, a los diez y siete días del mes de enero del año mil novecientos veintinueve.


HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República.


REFRENDADO:


           Luis Ginebra                                                                  M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia de la República.        Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.


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✱ Reproducido según el decreto original.