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Decreto № 1219
Del 16 de noviembre del año 1929



DR. JOSÉ D. ALFONSECA
Vice-Presidente de la República en funciones de Presidente.

G.O. № 4159.

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NÚMERO 1219

En ejercicio de mis atribuciones constitucionales y visto el Artículo 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Autorizar la impresión de 150,000 sellos para el servicio de correo aéreo, repartidos así:

    ○ 50,000 sellos color anaranjado, tipo de 10 centavos.

    ○ 25,000 sellos color rojo, tipo de 15 centavos.

    ○ 50,000 sellos color verde, tipo de 20 centavos.

    ○ 25,000 sellos color morado, tipo de 30 centavos.


ARTÍCULO 2.-  El Secretario de Estado de Hacienda queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en Santo Domingo, Capital de la República, a los dieciséis días del mes de noviembre del año mil novecientos veintinueve.


DR. JOSÉ D. ALFONSECA
Vice-Presidente de la República en funciones de Presidente.


REFRENDADO:


          Luis Ginebra                                                            M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia.                      Secretario de Estado de Hacienda.



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✱ Reproducido según el decreto original.




Decreto № 1098
Del 23 de marzo del año 1929



HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República Dominicana.

G.O. № 4078.

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NÚMERO 1098

En ejercicio de mis atribuciones constitucionales y visto el Artículo 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar la impresión de cinco millones de sellos de correos con el diseño de la antigua Iglesia de San Ignacio de Loyola, ex-Convento de Jesuistas, ocupado actualmente por el Departamento de Hacienda, en las cantidades siguientes:


    ○ 500,000 sellos, tipo de ½ centavo.

    ○ 1,500,000 sellos, tipo de 1 centavo.

    ○ 2,600,000 sellos, tipo de 2 centavos.

    ○ 250,000 sellos, tipo de 5 centavos.

    ○ 150,000 sellos, tipo de 10 centavos.


ARTÍCULO SEGUNDO.- El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en San José de las Matas (Residencia accidental), a los veintitrés días del mes de marzo del año mil novecientos veintinueve.


HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República.


REFRENDADO:



           Luis Ginebra                                                                  M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia de la República.        Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.


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✱ Reproducido según el decreto original.




Decreto № 1089
Del 15 de febrero del año 1929



HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República Dominicana.

G.O. № 4060.

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NÚMERO 1089

En ejercicio de mis atribuciones constitucionales y visto el Artículo 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la impresión de cinco millones de sellos de correos conmemorativos de la firma del Tratado de Límites de fecha 21 de enero de 1929, entre la República Dominicana y la de Haití, en las cantidades siguientes:


    ○ 500,000 sellos, tipo de ½ centavo.

    ○ 1,500,000 sellos, tipo de 1 centavo.

    ○ 2,600,000 sellos, tipo de 2 centavos.

    ○ 250,000 sellos, tipo de 5 centavos.

    ○ 150,000 sellos, tipo de 10 centavos.


ARTÍCULO 2º.-  El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en Santo Domingo, Capital de la República, a los quince días del mes de febrero del año mil novecientos veintinueve.


HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República.


REFRENDADO:



           Luis Ginebra                                                                  M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia de la República.        Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.


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✱ Reproducido según el decreto original.




Decreto № 1082
Del 17 de enero del año 1929



HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República Dominicana.

G.O. № 4052.

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NÚMERO 1082

En uso de mis atribuciones constitucionales y vistos los Artículos 83 y 84 de la Ley de Rentas Internas.


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.-  Autorizar la impresión de sellos de correos y de inmigración, como a continuación se indica:


Sellos de Correos: 

    ○ 500,000 sellos, tipo de 1 centavo, color verde.

    ○ 1,000,000 sellos, tipo de 2 centavos, color rojo.

    ○ 50,000 sellos, tipo de 10 centavos, color azul claro.


Sellos de Inmigración:

    ○ 50,000 sellos, tipo de $ 3.00.


ARTÍCULO 2.-  El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio queda encargado de la ejecución de este Decreto.


DADO en Santo Domingo, Capital de la República, a los diez y siete días del mes de enero del año mil novecientos veintinueve.


HORACIO VÁSQUEZ
Presidente de la República.


REFRENDADO:


           Luis Ginebra                                                                  M. Martín de Moya
Secretario de Estado de la Presidencia de la República.        Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.


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✱ Reproducido según el decreto original.