Impresión de especies timbradas.
(G.O. № 5277 del 18 de Febrero de 1939)
JACINTO B. PEYNADO
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 189.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo 49 de la Constitución del Estado; y
VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas,
He dictado el siguiente
D E C R E T O :
UNICO. - Se autorizada la siguiente emisión de sellos de correos para el uso del servicio oficial con el exterior:
100,000 sellos del tipo de un centavo, impresos en verde, y con dimensiones de cuarentitrés milímetros por diecisiete milímetros.
100,000 sellos del tipo de dos centavos, impresos en rojo, y con dimensiones de cuarentitrés milímetros por diecisiete milímetros.
50,000 sellos del tipo de cinco centavos, impresos en azul, y con dimensiones de cuarentitrés milímetros por diecisiete milímetros.
Parrafo: Estos sellos llevarán el mismo diseño que los de la emisión anterior, o sea el proyecto aceptado del Faro de Colón.
DADO en Ciudad Trujillo, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de febrero del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
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✱ Reproducido según el decreto original.
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