Decreto № 3454
Del 7 de agosto del año 1982



Dec. № 3454 que autoriza la emisión de especies timbradas.

(G.O.  9593-Bis del 14 de agosto de 1982)


JACOBO MAJLUTA
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3454

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza la siguiente impresión de especies timbradas:

     100,000 (cien mil) sellos postales para el pago de las primas de envíos de Valores Declarados del tipo de
       RD$ 0.40, color verde.

     500,000 (quinientos mil) sellos para documentos del tipo de RD$ 5.00, numerados del 1000001 al
       1500000, color verde oscuro, en papel especial engomado, con fibras de seda en azul y rojo de 50 libras.

     300,000 (trescientos mil) sellos de Telecomunicaciones, del tipo de RD$ 0.25, color rosa.


ARTÍCULO 2.- La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y dos, año 139º de la Independencia y 119º de la Restauración.


JACOBO MAJLUTA


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✱ Reproducido según el decreto original.



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