Dec. № 3137 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia.
(G.O. № 9575 del 31 de marzo de 1982)
ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3137
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
○ 200,000 (doscientos mil) del valor de diez centavos, a colores.
○ 100,000 (cien mil) del valor de quince centavos, a colores.
○ 100,000 (cien mil) del valor de veinticinco centavos, a colores.
○ 100,000 (cien mil) del valor de quince centavos, a colores.
○ 100,000 (cien mil) del valor de veinticinco centavos, a colores.
ARTÍCULO 2.- Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la figura de Baden Powell, tomada de su primera estatua erigida en el mundo; a todo el largo del lado izquierdo en sentido vertical de abajo hacia arriba se leerá "República Dominicana"; en el lado inferior a tres renglones llevarán la inscripción "Baden Powell - 75 Aniversario del Escultismo Mundial"; en el lado superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "10¢"; en el lado inferior derecho en sentido vertical de abajo hacia arriba, las palabras "CORREO AÉREO"; en el lado superior izquierdo el símbolo de los Scouts Dominicanos; en el inferior el símbolo adoptado para el aniversario.
Los sellos de quince centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrando como motivo principal un mapamundi y en los lados derecho e izquierdo los símbolos de Scouts Dominicanos y del Aniversario; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior izquierdo las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "15¢"; en el lado inferior a dos renglones llevarán la inscripción "75 Aniversario del Escultismo Mundial".
Los sellos de veinticinco centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán la reproducción de un dibujo de Baden Powell en el que aparece en un campo escuela adiestrando a un niño Scout; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho llevarán las palabras "CORREO AÉREO"; debajo el símbolo de Scouts Dominicanos; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "15¢"; hacia el lado inferior tendrán el símbolo adoptado para el aniversario; en el lado inferior a dos renglones se leerá "75 Aniversario del Escultismo Mundial".
ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
Los sellos de quince centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrando como motivo principal un mapamundi y en los lados derecho e izquierdo los símbolos de Scouts Dominicanos y del Aniversario; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior izquierdo las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "15¢"; en el lado inferior a dos renglones llevarán la inscripción "75 Aniversario del Escultismo Mundial".
Los sellos de veinticinco centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán la reproducción de un dibujo de Baden Powell en el que aparece en un campo escuela adiestrando a un niño Scout; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho llevarán las palabras "CORREO AÉREO"; debajo el símbolo de Scouts Dominicanos; hacia el lado superior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "15¢"; hacia el lado inferior tendrán el símbolo adoptado para el aniversario; en el lado inferior a dos renglones se leerá "75 Aniversario del Escultismo Mundial".
ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y dos, año 139º de la Independencia y 119º de la Restauración.
ANTONIO GUZMÁN
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✱ Reproducido según el decreto original.
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