Decreto № 2138
Del 9 de diciembre del año 1980



Dec. № 2138 que autoriza una emisión de sellos semi-postales.

(G.O.  9546)


ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
________________


NÚMERO 2138

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461de fecha 18 de julio de 1950.

VISTA: La Ley № 40de fecha 16 de octubre de 1970.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza la emisión de diez millones (10,000,000) de sellos semi-postales de la denominación de un centavo, para contribuir al desarrollo de programas de enseñanza para la capacitación del personal de Correos y Telecomunicaciones. 


ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 22 milímetros de ancho por 25 milímetros de alto, a perforación, con las siguientes características en su diseño: Mostrarán como motivo principal impreso sobre un fondo azul claro, el escudo emblemático de comunicaciones en sus colores originales; a todo el largo del lado superior tendrán la inscripción "República Dominicana"; partiendo del ángulo superior izquierdo en sentido vertical de arriba hacia abajo y en el lado inferior en sentido horizontal, llevarán la leyenda "Pro-Escuela Postal y Telegráfica"; hacia el ángulo superior derecho, aparecerá el valor facial expresado así: "1¢".



DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta, años 137º de la Independencia y 118º de la Restauración.


ANTONIO GUZMÁN


________________


 Reproducido según el decreto original.



No hay comentarios.: