Dec. № 1459 que autoriza una emisión de sellos semi-postales.
(G.O. № 9523 del 31 de enero de 1980)
ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 1459
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza la emisión de dos millones (2,000,000) de sellos semi-postales de la denominación de un centavo, con las siguientes características en su diseño: Serán de forma rectangular, de 36 milímetros de alto por 25 de milímetros de ancho a colores, mostrando como motivo principal en su centro, sobre las cifras 1980, el emblema de la Liga Dominicana Contra el Cáncer; a todo lo largo del lado superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en la parte superior derecha tendrá el valor facial expresado así: "1¢"; en el lado inferior a tres renglones se leerá la inscripción "Liga Dominicana Contra el Cáncer"
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta, años 136º de la Independencia y 117º de la Restauración.
ANTONIO GUZMÁN
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✱ Reproducido según el decreto original.
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