Decreto № 518
Del 30 de diciembre del año 1978



Decreto № 518 que autoriza una emisión de sellos postales.

(G.O.  9495)


ANTONIO GUZMÁN
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 518

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461del 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia, en la siguiente cantidad y valor:

     300,000 (trescientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.


ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 40 milímetros de largo por 30 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal el mapa de la Isla Beata, en su interior una iguana, un radio transmisor y una ilustración de sus costas con cocoteros; hacia el lado superior izquierdo tendrán una lancha; a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; debajo en el lado izquierdo, en sentido horizontal, las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el ángulo superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "10 ctvs."; partiendo del lado superior izquierdo, en sentido vertical, en el lado inferior, en sentido horizontal, y en el lado derecho en sentido vertical de abajo hacia arriba, se leerá "Primera Expedición de Radioaficionados a la Isla Beata. HI1 RCD. 1979".


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y ocho, años 135º de la Independencia y 116º de la Restauración.


ANTONIO GUZMÁN


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✱ Reproducido según el decreto original.



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