Decreto № 3403 que autoriza una emisión de sellos postales.
(G.O. № 9471)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3403
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
○ 300,000 (trescientos mil) sellos del valor de veinticinco centavos, a colores.
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de alto por 40 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal una reproducción artística, representando una antena de microondas y su soporte, con una división de tres partes que representan cada una de las tres regiones del mundo definidas en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT; a todo el largo del lado superior se leerá la inscripción "República Dominicana"; en el lado izquierdo, en sentido vertical de arriba hacia abajo llevarán las palabras "CORREO AÉREO"; en el ángulo inferior izquierdo tendrán el valor facial expresado así: "25 ctvs."; a todo el largo del lado inferior y a dos renglones, aparecerá la leyenda: "10º Día Mundial de las Telecomunicaciones".
ARTÍCULO 3.- Para esta emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para esta emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y ocho, años 135º de la Independencia y 115º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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