Decreto № 3340
Del 8 de marzo del año 1978



Decreto № 3340 que autoriza una emisión de sellos postales.

(G.O.  9481)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3340

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:

     250,000 (doscientos cincuenta mil) de sellos del valor de dos centavos, multicolor.

     250,000 (doscientos cincuenta mil) de sellos del valor de seis centavos, multicolor.

     250,000 (doscientos cincuenta mil) de sellos del valor de siete centavos, multicolor.

     250,000 (doscientos cincuenta mil) de sellos del valor de diez centavos, multicolor.


ARTÍCULO 2.- Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular, en tamaño de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de largo; mostrando como motivo principal una concepción artística representando el pie de la cruz con la corona de espinas, tenazas y martillo, y los tres clavos que se utilizaron para la crucifixión de Cristo; a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; partiendo del ángulo superior izquierdo y en sentido vertical, tendrán la palabra "CORREOS"; hacia la esquina inferior izquierda, el valor facial expresado así: "2¢"; al lado aparecerá la leyenda "Semana Santa 1978".

Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular, en tamaño de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de largo; mostrarán como motivo principal la reproducción de un dibujo artístico representando el rostro de Cristo flagelado con la corona de espinas; a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; partiendo del ángulo superior izquierdo y en sentido vertical, tendrán la palabra "CORREOS"; hacia la esquina inferior izquierda, el valor facial expresado así: "6¢"; al lado aparecerá la leyenda "Semana Santa 1978".


Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular, en tamaño de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de largo; mostrando como motivo principal una reproducción de la fachada de la Catedral de Santo Domingo, y sobre puesto en la parte superior, representando los símbolos de la crucifixión; a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; partiendo del ángulo superior izquierdo y en sentido vertical, tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia la esquina inferior izquierda, el valor facial expresado así: "7¢"; al lado aparecerá la leyenda "Semana Santa 1978".


Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular, en tamaño de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de largo; mostrando como motivo principal una reproducción de la fachada oeste del Convento de los Dominicos; 
a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; partiendo del ángulo superior izquierdo y en sentido vertical, tendrán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia la esquina inferior izquierda, el valor facial expresado así: "10¢"; al lado aparecerá la leyenda "Semana Santa 1978".



DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y ocho, años 134º de la Independencia y 115º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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✱ Reproducido según el decreto original.



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