Decreto № 4058
Del 6 de noviembre del año 1973



Decreto № 4058 que autoriza la emisión de sellos postales.

(G.O.  9322 del 14 de diciembre de 1973)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 4058

VISTA: La Ley № 2461, sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.-  Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:


         500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de dos centavos, a colores;

         500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de seis centavos, a colores;

         500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del valor de diez centavos, a colores;


    ARTÍCULO 2.-  Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de ancho por 30 milímetros de alto y mostrarán como motivo principal una alegoría representando la adoración del niño Jesús; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; inmediatamente debajo de dicha leyenda, tendrán la inscripción "Gloria in Excelsis Deo"; hacia el ángulo izquierdo y en sentido vertical desde abajo hacia arriba, se leerá la palabra "CORREOS"; hacia la parte baja del ángulo derecho el valor facial expresado así: "2¢" y en el ángulo inferior en sentido horizontal la inscripción "Navidad 1973".

    Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de ancho y mostrarán como motivo principal en su centro la representación de un vitral en el que se destaca la figura de un ángel adorando la figura del niño Jesús; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana" y en la esquina superior derecha el valor facial expresado así: "6¢"; en el ángulo izquierdo y en sentido vertical desde abajo hacia arriba; tendrán la palabra "CORREOS"; en la parte baja del vitral aparecerán las cifras "1973" y en el ángulo inferior la palabra "Navidad".

    Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular de 40 milímetros de ancho por 30 milímetros de alto y mostrarán como motivo principal una alegoría representando las figuras de dos ángeles postrados ante la figura del niño Jesús; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; hacia la esquina superior derecha tendrán el valor facial expresado así: "10¢"; en el ángulo izquierdo aparecerá en sentido vertical desde arriba hacia abajo la palabra "CORREO" y en el ángulo derecho en la misma disposición la palabra "AEREO", y a todo el ancho del ángulo inferior, la inscripción "Navidad 1973".



    DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres, año 130º de la Independencia y 111º de la Restauración.


    JOAQUÍN BALAGUER


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    ✱ Reproducido según el decreto original.




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