Decreto № 3501 que autoriza la emisión de sellos postales.
(G.O. № 9304 del 16 de junio de 1973)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3501
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
○ 300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$ 0.40, color verde.
○ 200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$ 0.70, color azul.
○ 200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$ 0.70, color azul.
Estos sellos tendrán la forma de un rectángulo, y las siguientes medidas: 33 milímetros de largo y 24 milímetros de ancho. En su diseño se destacará, en el centro, el Escudo Nacional; a lo largo de la línea superior del sello se leerá "República Dominicana" y a la izquierda y derecha del Escudo, en sentido vertical "Servicio Interior", respectivamente, abajo colindando con el margen inferior dirán "Prima de Valores Declarados"; en el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor facial del sello, en guarismos, y en el derecho el signo de centavos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y tres, año 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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