Decreto № 3227 que autoriza una emisión de sellos postales.
(G.O. № 9296 del 23 de marzo de 1973)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3227
VISTA: La Ley № 2461, sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular de 36 por 25 milímetros y mostrarán como motivo principal en su diseño la reproducción del emblema de la Organización Panamericana de la Salud; en el ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el ángulo izquierdo las palabras "CORREO AÉREO", en sentido vertical de arriba hacia abajo y en la esquina superior derecha el valor facial expresado así: "7¢"; a ambos lados de la parte inferior del emblema tendrán las cifras "1902" y "1972" y en el ángulo inferior en tres renglones, la inscripción "Organización Panamericana de la Salud".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y tres, año 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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