
Decreto № 2836 que autoriza una emisión de sellos postales.
(G.O. № 9283 del 24 de noviembre de 1972)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 2836
VISTA: La Ley № 2461, sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades:
○ 500,000 (Quinientos Mil) sellos del valor de seis centavos, a colores.
○ 500,000 (Quinientos Mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.
ARTÍCULO 2.- Los sellos de dos centavos serán de forma rectangular de 29 milímetros de ancho por 39 milímetros de alto y mostrarán como motivo principal en su centro una alegoría representando la adoración del niño Jesús; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; hacia la esquina superior derecha aparecerá la palabra "CORREOS" e inmediatamente debajo el valor facial expresado así: "2¢"; a todo el ancho del ángulo inferior tendrán la inscripción "Navidad 1972".
Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular, de 41 milímetros de ancho por 29 milímetros de alto y mostrando como motivo principal en su centro la reproducción de una flor de pascua (POISENTIA - POLCHERRIMA); a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana"; hacia la esquina superior izquierda tendrán la inscripción "Navidad 1972". En el ángulo derecho, en sentido vertical aparecerá la palabra "CORREOS" e inmediatamente debajo el valor facial expresado así: "6¢" y hacia la esquina inferior derecha las palabras "Flor de Pascua".
Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular, de 41 milímetros de ancho por 29 milímetros de alto y mostrarán como motivo principal en su centro la reproducción de una réplica del fuerte "La Navidad", construida en 1492, en la costa norte de la isla, a todo el ancho del ángulo superior llevarán la inscripción "República Dominicana"; hacia la esquina superior izquierda tendrán la inscripción "Navidad 1972" y hacia la esquina superior derecha el valor facial expresado así: "10¢" e inmediatamente al lado y en forma vertical las palabras "CORREO AÉREO"; a todo el ancho del ángulo inferior se leerá la inscripción "Fuerte La Navidad 1492-Primera Fortaleza de América".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y dos, año 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.

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