Decreto № 371
Del 16 de noviembre del año 1970



Decreto № 371 que autoriza una emisión de sellos semi-postales.

(G.O.  9205 del 21 de noviembre de 1970)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 371

VISTA: La Ley № 2461 sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950.

VISTA: La Ley № 40, de fecha 16 de octubre de 1970.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de 8,000,000 (Ocho Millones) de sellos semi-postales, de la denominación de un centavo, para contribuir al desarrollo de programas de enseñanzas para la capacitación del personal de Correos y Telecomunicaciones.


ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 22 milímetros de ancho por 25 milímetros de alto, de perforación a perforación, con las siguientes características en su diseño: a todo el ancho del ángulo superior tendrán la leyenda "República Dominicana"; mostrarán como motivo principal en su centro, como motivo principal el escudo emblemático de comunicaciones, en sus colores originales, impreso sobre un fondo blanco; desde el ángulo izquierdo, en sentido vertical y a todo el ancho del ángulo inferior, llevarán la inscripción "Pro-Escuela Postal y Telegráfica"; y en la parte superior del ángulo derecho el valor expresado así: "1¢". 


DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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✱ Reproducido según el decreto original.



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