Decreto № 3975
Del 11 de agosto del año 1969



Decreto № 3975 que autoriza la impresión de sellos semi-postales.

(G.O.  9152 del 6 de septiembre de 1969)


JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 3975

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO ÚNICO: Para los fines de cumplimiento del artículo 1 de la Ley № 3425, del 18 de noviembre de 1952, se autoriza la emisión de 1,000,000 (un millón) de sellos semi-postales del tipo de RD$ 0.01 (un centavo) de valor facial.

Estos sellos serán de forma rectangular de 35 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, color violeta, con el siguiente diseño: En la parte superior y a todo lo largo se leerá "REPÚBLICA DOMINICANA"; en el su centro figurará el emblema de la Liga Dominicana Contra el Cáncer; en la parte superior izquierda llevará su valor facial en guarismo, en esta forma: 1¢; en la parte inferior y a todo lo largo se leerá lo siguiente: LIGA DOMINICANA CONTRA EL CÁNCER.



DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de agosto del año mil novecientos sesenta y nueve, años 126º de la Independencia y 106º de la Restauración.


JOAQUÍN BALAGUER


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✱ Reproducido según el decreto original.



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