Decreto Nº 1244 que autoriza una emisión de sellos para el franqueo aéreo.
(G.O. Nº 8879 del 19 de agosto de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVITATO
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NÚMERO 1244
VISTA: la Ley № 2461, sobre especies timbradas, del 18 de julio de 1950.
CONSIDERANDO: que el extinto Presidente de los Estados Unidos de América John F. Kennedy, con su incansable lucha para satisfacer la humana aspiración de progreso económico y justicia social, se hizo merecedor de la admiración de los pueblos de América y del mundo.
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia, en el siguiente tipo y cantidad:
○ 500,000 (Quinientos mil) sellos del tipo de diez centavos, para el franqueo aéreo, color marrón.
○ 500,000 (Quinientos mil) sellos del tipo de diez centavos, para el franqueo aéreo, color marrón.
Art. 2.- Estos sellos tendrán 30mm. de ancho por 40mm. de alto; en el lado izquierdo llevarán la leyenda "República Dominicana"; en el centro la efigie de John F. Kennedy, con su nombre más abajo y en la parte inferior el valor facial y las palabras "Correo Aéreo".
Art. 3.- Esta emisión de sellos será puesta en circulación el día 22 de noviembre de 1964, en ocasión del 1er. aniversario del fallecimiento del Presidente Kennedy.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y cuatro, años 121º de la Independencia y 101º de la Restauración.
Donal J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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✱ Reproducido según el decreto original.
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