Decreto Nº 2416 que autoriza una emisión de sellos para Valores Declarados.
(G.O. Nº 9099 del 18 de septiembre de 1968)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 2416
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el pago de las primas de envíos de Valores Declarados.
○ 500,000 (quinientos mil) sellos del tipo de RD$ 0.10, color morado lila.
Estos sellos tendrán la forma de un rectángulo, y las siguientes medidas: 33 milímetros de largo por 24 milímetros de ancho. En su diseño se destacará, en el centro, el Escudo Nacional; a todo el largo de la línea superior del sello se leerá "República Dominicana", y a la izquierda y derecha del Escudo, en sentido vertical "Servicio e Interior", respectivamente, abajo, colindando con el margen inferior, dirán "Prima de Valores Declarados"; en el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor facial del sello, en guarismos, y en el derecho el signo de centavos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta y ocho, años 125º de la Independencia y 105º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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