Emisión de sellos para franqueo de correspondencia dirigida a los señores Presidente de la República, Secretario y Subsecretarios de Estado de la Presidencia.
(G.O. № 4779 del 23 de marzo de 1935)
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana.
BENEFACTOR DE LA PATRIA.
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NÚMERO 1247
En ejercicio de la atribución que me confiere el ordinal 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado.
VISTA: La Ley número 844, promulgada el día 21 de febrero de 1935, que establece franqueo especial para la correspondencia dirigida a los señores Presidente de la República, Secretario y Subsecretarios de Estado de la Presidencia.
VISTOS: Los artículos 8 y 9 de la Ley Orgánica de Rentas Internas (número 855, promulgada el día 13 de marzo de 1935).
D E C R E T O :
ÚNICO.- Se dispone la emisión de 200,000 sellos de correo de 25 centavos para el franqueo especial de la correspondencia dirigida a los señores Presidente de la República, Secretario y Subsecretarios de Estado de la Presidencia. Dichos sellos deberán ser impresos en color naranjo-persia, en tamaño de 4 centímetros de largo por 2½ de ancho. Llevarán al centro como diseño el Palacio Nacional, y en la orla las siguientes leyendas: En la parte superior "República Dominicana"; en el ángulo inferior de la derecha, el número 25 seguido de la abreviatura de la palabra "centavos". En la línea inferior, "Franqueo Especial Ley 844"; en letras pequeñas al centro y sobre la fachada del edificio "Palacio Nacional".
DADO en la Mansión Presidencial, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de marzo del año mil novecientos treinta y cinco.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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✱ Reproducido según el decreto original.
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