Decreto № 625
Del 1º de febrero del año 1966



Decreto  625 que autoriza una emisión de sellos postales aéreos.

(G.O.  8970 del 5 de febrero de 1966)


HÉCTOR GARCÍA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana.
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NÚMERO 625

CONSIDERANDO: que el centenario de la Unión Internacional de Telecomunicaciones es un acontecimiento de resonancia universal, cuya conmemoración ha sido celebrada por la mayoría de los países que integran ese importante organismo con actos de índole diversa.

CONSIDERANDO: que el día 17 de mayo de 1965 se cumplieron cien años de haber sido constituída la preindicada Unión.

VISTA: la Ley № 2461 sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950.

        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Constitucional, dicto el siguiente

D E C R E T O :

Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia, en los siguientes tipos y cantidades:

     250,000 (Doscientos cincuenta mil) sellos del tipo de veintiocho centavos para franqueo aéreo, color
        rojo.

     250,000 (Doscientos cincuenta mil) sellos del tipo de cuarenta y cinco centavos para franqueo aéreo,
       color verde.


Art. 2.- Los sellos de veintiocho centavos tendrán 35 mm. de ancho por 23 mm. de alto, el diseño central mostrará el emblema de la Unión Internacional de Telecomunicaciones; a la izquierda de este emblema llevarán una representación de una torre metálica con aislador para soporte de línea telefónica y junto a ésta hacia la parte inferior, la inscripción "1865". A la derecha del emblema llevarán una representación combinada de una antena parabólica para sistema de radio en ultra alta frecuencia (UHF); una antena de varios elementos con polarización vertical, para sistema de radio en muy alta frecuencia (VHF); y una antena con polarización horizontal, para sistema de radio en muy alta frecuencia (VHF), y junto a esa representación, hacia la parte inferior, la inscripción "1965". Hacia la esquina superior izquierda del sello llevará las palabras "Correo Aéreo", e inmediatamente debajo la denominación "28¢", a lo largo de la parte restante del borde superior tendrán la leyenda "República Dominicana". Debajo del diseño central del sello aparecerá la inscripción "Centenario de la Unión Internacional de Telecomunicaciones" en tres líneas. 

Los sellos de cuarenta y cinco centavos tendrán las mismas dimensiones y características que los de veintiocho centavos con excepción del valor facial que será de "45¢".


DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer día del mes de febrero del año mil novecientos sesenta y seis, años 122º de la Independencia y 103º de la Restauración.


HÉCTOR GARCÍA GODOY


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 Reproducido según el decreto original.




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