Decreto Nº 1991 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia.
República Dominicana
EL TRIUNVITATO
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NÚMERO 1991
CONSIDERANDO: que el año 1965, vigésimo aniversario de las Naciones Unidas, ha sido designado como el "Año de la Cooperación Internacional" (ACI).
VISTA: la Ley № 2461, sobre especies timbradas, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes tipos y cantidades:
○ 300,000 (Trescientos mil) de sellos del tipo de dos centavos, para el franqueo ordinario, color azul.
○ 300,000 (Trescientos mil) de sellos del tipo de tres centavos, para el franqueo ordinario, color verde.
○ 300,000 (Trescientos mil) de sellos del tipo de seis centavos, para el franqueo ordinario, color carmín; y
○ 300,000 (Trescientos mil) de sellos del tipo de diez centavos, para el franqueo aéreo, color violeta.
Art. 2.- Los sellos de dos centavos tendrán 35mm. de ancho por 26mm. de alto; mostrarán una alegoría del Año de la Cooperación Internacional; en la parte superior llevarán la leyenda "1965 Año de la Cooperación Internacional"; en la parte inferior las palabras "República Dominicana" seguidas por el valor facial y en letras más pequeñas que las anteriores, la palabra "Correos".
Los sellos de tres y seis centavos tendrán las mismas dimensiones y características que los de dos centavos con excepción del valor facial.
Los sellos de diez centavos tendrán las mismas dimensiones y características que los de dos centavos con excepción del valor facial, pero llevarán las palabras "Correo Aéreo".
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de enero del año mil novecientos sesenta y cinco, años 121º de la Independencia y 102º de la Restauración.
Donal J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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✱ Reproducido según el decreto original.
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