Dec. Nº 492-99 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con la denominación "Faro a Colón - Emisión Definitiva".
(G.O. Nº 10029 del 15 de noviembre de 1999)
LEONEL FERNÁNDEZ
Presidente de la República Dominicana.
________________
NÚMERO 492-99
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 1.- Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
DENOMINACIÓN: Faro a Colón.
(Emisión definitiva).
○ Diseño: Faro a Colón.
○ Especificaciones: Llevarán la leyenda "República Dominicana", "Correos", su valor
facial expresado y los textos que identifiquen el tema de su diseño.
○ Cantidad: Un millón (1,000,000) de ejemplares.
○ Valor: Diez Pesos (RD$ 10.00).
ARTÍCULO 2.- Los sellos postales referidos en el artículo precedente, serán de forma rectangular en hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento Offset multicolor.
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel tropicalizado engomado de 56 gramos, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 4.- El tamaño de cada uno de los sellos postales, a que se refiere el presente Decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica.
ARTÍCULO 5.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve, años 156º de la Independencia y 137º de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
________________
✱ Reproducido según el decreto original.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario