Dec. № 250-90 que autoriza una emisión de sellos postales con la denominación Centenario OEA.
(G.O. № 9788 del 32 de julio de 1990)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 250-90
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O :
DENOMINACIÓN: Centenario OEA.
○ Diseño: Escena alusiva.
○ Especificaciones: Llevarán las leyendas "República Dominicana", "Correos", su valor
facial expresado y los textos que identifiquen los temas de su diseño.
○ Cantidad: Setenta y cinco mil (75,000) de RD$ 2.00 cada uno.
○ Valor: Dos pesos (RD$ 2.00) cada uno.
ARTÍCULO 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente, serán impresos en forma rectangular en hojas de cincuenta ejemplares, bajo el procedimiento Offset multicolor.
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de julio del año mil novecientos noventa, años 147º de la Independencia y 127º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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