Dec. № 392-87 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia.
(G.O. № 9715 del 31 de julio de 1987)
JOAQUÍN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 392-87
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
DENOMINACIÓN: VIII Juegos Deportivos Nacionales, San Cristóbal '87.
○ Diseño: Escenas alusivas a los VIII Juegos Deportivos.
○ Especificaciones: Llevarán las leyendas "República Dominicana", "Correos", su valor
facial expresado "RD$ 0.05", "RD$ 0.10", "RD$ 0.50" y los textos
que identifiquen los temas de su diseño.
que identifiquen los temas de su diseño.
○ Cantidades: 500,000 (quinientos mil) de ejemplares de RD$ 0.05, 500,000
(quinientos mil) de RD$ 0.10 y 300,000 (trescientos mil) de RD$
0.50.
○ Valores: RD$ 0.05 (cinco centavos), RD$ 0.10 (diez centavos) y RD$ 0.50
(cincuenta centavos).
(cincuenta centavos).
ARTÍCULO 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente, serán impresos en formato rectangular en hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento Offset multicolor.
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para la indicada emisión, se utilizará papel litográfico Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y siete, años 144º de la Independencia y 124º de la Restauración.
JOAQUÍN BALAGUER
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✱ Reproducido según el decreto original.
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