Dec. № 1609 que autoriza una emisión de sellos postales.
(G.O. № 9626 del 30 de noviembre de 1983)
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 1609
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
○ 500,000 (quinientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal un dibujo de elementos decorativos alusivos a la navidad; en la parte superior izquierda a dos renglones se leerá "República Dominicana"; a renglón seguido y del mismo lado llevarán las palabras "CORREO AÉREO"; hacia el lado superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "10¢"; en la parte inferior se leerá la inscripción "Navidad 1983".
ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
ARTÍCULO 3.- Para dicha emisión, se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56 B, sustancia 103 GM².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y tres, años 140º de la Independencia y 121º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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✱ Reproducido según el decreto original.
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