Decreto № 1294
Del 4 de agosto del año 1983



Dec. № 1294 que autoriza una emisión de sellos postales conmemorativa a la efemérides de la Restauración de la República. 

(G.O.  9619 del 16 de agosto de 1983)


SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 1294

CONSIDERANDO: Que el próximo día 16 de agosto de 1983 se cumple el 120 Aniversario de la Restauración de la República.

CONSIDERANDO: Que esa gloriosa efeméride, orientada a rescatar la soberanía nacional, constituye parte esencial de la dominicanidad.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Concentración Nacional designó una Comisión Oficial destinada a organizar diferentes actos para rendir homenaje a los héroes de aquella gesta libertadora, entre los cuales figura la construcción de un monumento en hormigón arquitectónico en el lugar de Capotillo.

VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas № 2461, de fecha 18 de julio de 1950.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente


D E C R E T O :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza una emisión de Quinientos Mil (500,000) sellos postales, de la denominación de un centavo (RD$ 0.01) cada uno, conmemorativa de la efemérides de la Restauración de la República.

ARTÍCULO 2.- Dichos sellos mostrarán en su diseño la perspectiva arquitectónica realizada para le monumento que se levantará en Capotillo, debiendo obtener el asesoramiento de la Comisión Encargada de preparar los actos de 120 Aniversario del "Grito de Capotillo", para todo detalle relativo a tal diseño.

ARTÍCULO 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.



DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y tres, años 140º de la Independencia y 120º de la Restauración.


SALVADOR JORGE BLANCO


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✱ Reproducido según el decreto original.



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