Dec. № 993 que autoriza una emisión de sellos semi-postales para contribuir a los propósitos de Protección de la Infancia
(G.O. № 9611 del 30 de abril de 1983)
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana.
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NÚMERO 993
VISTA: La Ley № 2461, de fecha 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas.
VISTA: La Ley № 2552, de fecha 19 de noviembre de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTÍCULO 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, a colores, con las siguientes características en su diseño: A todo el largo del lado superior tendrán la inscripción "República Dominicana"; hacia la parte superior derecha un ramo de flores simbolizando las fiestas navideñas; debajo, a cuatro renglones aparecerá la leyenda "Por el Hombre del Futuro Ayuda al Niño de Hoy"; hacia el ángulo superior izquierdo mostrarán el valor facial expresado así: "1¢"; debajo llevarán una estrella símbolo de la alegría navideña; en la parte inferior se muestra la imagen de una profesora con un libro en la mano, y a su lado una niña, representando la educación. A todo el largo del lado inferior se leerá "Protección a la Infancia"; debajo, hacia el ángulo inferior derecho "1983".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y tres, años 140º de la Independencia y 120º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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✱ Reproducido según el decreto original.
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